La Generalitat pide que se asegure «la buena conservación de las pinturas».
El Tribunal Supremo acaba de poner fin al litigio por las pinturas murales de la sala capitular del monasterio de Villanueva de Sijena, en Huesca, que durante décadas se han expuesto en el Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC). Ha rechazado los recursos de la Generalitat y el MNAC a la sentencia de la Audiencia Provincial de Huesca y da la razón al Gobierno de Aragón, por lo que esos frescos románicos deben volver a su punto de origen. Sostiene que el museo catalán no ha autorizado ningún «contrato-documento» que autorice esa «posesión» y que su guarda es un «depósito» porque «no ha poseído los cuadros como propietario, ya que los cuadros fueron retirados. » La principal diferencia de esta sentencia con las anteriores, que siempre perdieron la Generalitat y el MNAC, es que no es recurrible, lo que significa que zanja un litigio de larga duración que comenzó en 2014, hace más de diez años. En el juicio de primera instancia, el Gobierno catalán defendió su derecho sobre las pinturas murales con una carta de 1992 firmada entre Joan Guitart, entonces consejero autonómico de Cultura, y la madre federal de la Orden de St. Juan de Jerusalén y priora del Monasterio de Valldoreix, Pilar San Joaquín Gracia, según la cual dicha orden daba en custodia a la Generalitat de Cataluña las pinturas murales. La Justicia, en todos los pasos por los que ha pasado este litigio, ha negado la fuerza de este contrato. El Supremo renuncia ahora a la misma vía y señala además que el priorato de Valldoreix «no tenía la representación del Monasterio de Sijena» y que la priora que firmó el acuerdo no estaría facultada «para disponer de bienes» del monasterio. Los frescos románicos fueron trasladados a Barcelona en 1936, durante la Guerra Civil, para su restauración después de que el monasterio de Sijena sufriera un incendio. De hecho, la sentencia desestima la existencia de pruebas de la cesión de las pinturas a favor de la Generalitat por parte de la congregación de Sijena, y se remite a un decreto pontificio que deja en manos de la entonces priora del monasterio de Sijena, Virginia Calatayud, la posibilidad de ejercitar acciones para recuperar las pinturas, derecho que ejerció posteriormente, añade el tribunal, a través del Gobierno aragonés. Calatayud fue puesto a disposición justo antes del juicio. El objetivo de toda la batalla judicial era que los frescos recuperaran la sala capitular del monasterio de Sijena, que ha protagonizado obras de reforma para acoger tanto los frescos románicos como el resto de objetos del monasterio que constaban en el MNAC y en el Museo de Lleida y que, a través de otra batalla judicial, se obligó a devolver a Sijena. La petición del Gobierno de Aragón se basaba en sus competencias en la protección del patrimonio histórico-artístico y en la «cesión de acciones» que le hizo la comunidad religiosa de Sijena, según recoge la sentencia. La Generalitat de Cataluña, por su parte, además de defender los títulos que le ofrecía la custodia, pretendía defender que la jurisdicción civil no era competente para decidir sobre la «confrontación» de competencias entre ambas administraciones. La Generalitat ha paralizado el movimiento de los murales desde la primera falla de 2016 teniendo en cuenta la «extrema fragilidad» de los frescos y el desafiante proceso de montaje, transporte y ensamblaje en Sijena. Apoyaba estas reservas en el hecho de que, además, las sentencias hasta el momento eran recurribles, por lo que estas tareas podrían realizarse dos veces (ida y vuelta) si finalmente el Supremo no daba la razón a la Audiencia de Huesca. Son argumentos que han sido avalados por expertos internacionales en restauración. Ahora, será el Juzgado número 2 de Huesca, el primero en entregar la araña a la Generalitat, el que tendrá que ejecutar la misma sentencia que dictó en 2016. Pero hay dudas sobre la posibilidad efectiva de hacer realidad la decisión judicial sin poner en peligro ese patrimonio histórico de los siglos XII y XIII, una de las mejores muestras de pintura civil de la época. «La operación es técnicamente inviable sin que se maltraten los murales, y los problemas pueden surgir desde el minuto uno, cuando se toquen las telas y los marcos colocados en el MNAC», señala Alberto Velasco, profesor de Legislación y Protección del Patrimonio Artístico de la Universidad de Lleida, que lamenta que el litigio solo haya sido «patrimonial» y que la ejecución de la sentencia «sea una derrota para todos» por el riesgo de perder un valioso patrimonio. En este sentido, la Presidencia de la Generalitat ha señalado este miércoles que la «prioridad» de la Generalitat es garantizar «la buena conservación» de los frescos. y analizará la sentencia dada a conocer por el Tribunal Supremo. Según ha asegurado, evitará actuaciones «que puedan perjudicar el mantenimiento y la integridad de las pinturas». Los murales expuestos actualmente en el MNAC, que muestran episodios del Testamento Antinuente, no son todos originales. De la composición actual, sólo algo más del 50% de los dibujos proceden del monasterio de Sijena, debido a los daños que habían sufrido por el paso del tiempo y el incendio de 1939, que provocó pérdidas pictóricas y alteración en los colores. El resto son reposiciones de los frescos realizadas por los técnicos del museo catalán, que recayeron sobre telas y marcos que, señalan los técnicos, diferirían ahora de las formas de los arcos de la sala capitular de Sijena. El presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, calificó ayer de «despropósito» la sentencia del Tribunal Supremo. Afirmó en la red social X que «es una sentencia que no se puede ejecutar sin ponerlos en un altísimo riesgo de destrucción. » Todos los expertos del mundo lo advierten».
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El Tribunal Supremo acaba de decidir poner fin al litigio sobre las pinturas murales que desde hace décadas se exhiben en el Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) en la sala capitular del monasterio de Villanueva de Sijena, en Huesca. Ante la sentencia de la Audiencia Provincial de Huesca y el MNAC, ha desestimado los recursos de la Generalitat y el MNAC y da la razón al Gobierno de Aragón, por lo que esos frescos románicos del siglo XIII deberán volver a su ubicación original. Sostiene que el museo catalán no ha reconocido ningún «contrato-documento» que autorice que tiene la «posesión» y que su guarda es en forma de «depósito» porque «no ha poseído los cuadros como propietario, ya que los cuadros fueron retirados. » Seguir leyendo